A contar del 1 de agosto de 2024, es aplicable en Chile la ley Nº 21.643, denominada como
ley “Karin”, cuyo objeto es la modificación del Código del Trabajo en lo relativo a:
“Prevención, investigación y sanción del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el
trabajo”
Conforme lo anterior en Desco se están tomando las medidas tendientes a promover la
igualdad entre colaboradoras y colaboradoras que se desempeñan en nuestra Empresa, con
el objetivo de erradicar:
Cualquier discriminación en los términos referidos por el Código del Trabajo;
Cualquier conducta constitutiva de acoso sexual,
Cualquier conducta constitutiva acoso laboral
Cualquier conducta constitutiva de violencia en el trabajo;
En dicho contexto Desco declara su compromiso con estos deberes, para lo cual ha creado
una cultura de prevención basada en 5 puntos:
1) Elaboración de un Protocolo de Prevención, que recoge políticas y principios sobre
la prevención el acoso sexual, laboral y violencia del trabajo.
2) Elaboración de un procedimiento de Investigación del Acoso Sexual, Laboral y de
Violencia en el trabajo, practicable de acuerdo a la estructura de nuestra empresa y
en base a lo ordenado por la Ley y circulares de la SUCESO.
3) Incorporar los anteriores instrumentos a nuestro Reglamento de Orden Higiene y
Seguridad mediante un Anexo.
4) Informar, difundir y capacitar desde nuestra mirada Desco a todos los
Colaboradores.
5) Atención Psicóloga Temprana a los Colaboradores que puedan ser afectados por
acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo. (Procedimiento especial Voluntario)
A continuación podrá descargar: